Hipotecas · Fondos buitre · Madrid · 2023
El fondo compró el crédito: fijamos interlocutor y defensa
Identificado el cesionario, renegociada la deuda y evitada una subasta inmediata.
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- Especialidad
- Abogados de hipotecas
- Subservicio
- Fondos buitre
- Procedimiento
- Oposición / negociación tras cesión de crédito
- Órgano
- Juzgado de Primera Instancia de Madrid
- Año
- 2023
- Ciudad
- Madrid
Relato anonimizado con consentimiento escrito del cliente. Revisado por Elisa Gómez Lascano, colegiada n.º 86013.
La situación
Una familia en Madrid descubrió que su hipoteca había sido cedida a un fondo. Las cartas mezclaban deudas, intereses y amenazas de ejecución.
No sabían a quién pagar ni si el título de cesión era oponible. El banco original ya no contestaba.
Había riesgo de consignar mal o de ignorar un requerimiento que iniciara la vía ejecutiva.
El saldo reclamado no coincidía con lo que ellos tenían calculado. Faltaba desglose creíble.
Recibían mensajes de gestores distintos con plazos incompatibles. El interlocutor único era urgente.
Querían negociar una quita o un plazo sostenible, no firmar un reconocimiento ciego de deuda.
Habían pagado alguna cuota al banco originario después de la cesión. Había que aclarar a quién extinguía ese pago.
El fondo amenazaba con demanda en plazos cortos. Sin título revisado, cualquier oferta era a ciegas.
En Madrid, el reloj del expediente de fondos buitre no esperaba: cada decisión tardía encarecía la posición del cliente.
Qué hicimos
Pedimos y revisamos la cesión, el saldo reclamado y el estado registral de la hipoteca.
Separamos capital, intereses y cláusulas discutibles antes de cualquier oferta de pago.
Personamos la defensa frente al cesionario e abrimos negociación documentada de quita o plazo.
Preparamos oposición a ejecución con motivos tasados por si se presentaba demanda.
Fijamos un interlocutor único para cortar mensajes contradictorios de gestores distintos.
Documentamos cada propuesta y rechazo para sostener la buena fe negociadora si se litigaba.
Explicamos qué pagos interrumpirían o no la ejecución, para no improvisar consignaciones inútiles.
Exigimos acreditación completa de la cesión y del saldo antes de negociar cifras.
Propusimos un plan de pagos sostenible ligado a ingresos reales, no a amenazas.
Reservamos motivos de oposición tipificados por si la ejecución se presentaba.
Cortamos el canal de gestores múltiples: un solo buzón y un solo interlocutor jurídico.
Ordenamos la prueba útil para fondos buitre y descartamos documentos que solo añadían ruido al oposición / negociación tras cesión de crédito.
Resultado
Se estabilizó el acreedor real y se alcanzó un acuerdo de pago sostenible.
La subasta dejó de ser el horizonte inmediato del expediente.
Cesión no es magia: con título y saldo claros, se negocia o se litiga con nombre y apellidos.
El acuerdo identificó acreedor, saldo y calendario. La familia volvió a saber a quién pagaba.
Se evitó una subasta precipitada por falta de mapa, no por falta de voluntad de pago.
El cierre en Madrid quedó con obligaciones identificables y un siguiente paso claro tras el oposición / negociación tras cesión de crédito.
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Abogada responsable
Elisa Gómez Lascano · Colegiada n.º 86013 (ICAM)
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