Herencias · Herencia sin acuerdo · 2023
Partición de una herencia con inmuebles tras más de dos años bloqueada
Partición ratificada, acceso a la legítima y regularización del inmueble.
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- Especialidad
- Abogados de herencias
- Subservicio
- Herencia sin acuerdo
- Procedimiento
- Mediación y división judicial de herencia
- Órgano
- Juzgado de Primera Instancia
- Año
- 2023
- Ciudad
- España
Relato anonimizado con consentimiento escrito del cliente. Revisado por Elisa Gómez Lascano, colegiada n.º 86013.
La situación
Tras el fallecimiento del padre había testamento, pero algunos herederos se negaban a aceptar la partición y bloqueaban cuentas e inmuebles.
El proceso llevaba más de dos años paralizado: impuestos, comunidad y mantenimiento del inmueble seguían corriendo mientras nadie podía disponer.
El cliente necesitaba un cierre: acuerdo documentado o división judicial, no otra reunión familiar sin acta.
Cada mes de bloqueo encarecía el patrimonio heredado y envenenaba la relación entre coherederos. Había que pasar de la conversación al expediente.
Había un inmueble sin liquidar y cuentas sin disponer. Sin partición, ni se podía vender ni se podía repartir con seguridad. El coste de no decidir ya era concreto.
Algunos coherederos usaban el inmueble o bloqueaban decisiones sin asumir los gastos. El cliente pagaba parte del mantenimiento sin poder disponer. La situación era insostenible a dos años vista.
Los impuestos y gastos del caudal seguían venciendo. Cada aplazamiento informal encarecía la herencia sin acercar el reparto.
Qué hicimos
Inventariamos bienes y deudas, reunimos títulos y certificados, y convocamos mediación para intentar un convenio de partición.
Sin acuerdo real, iniciamos el procedimiento de división judicial de herencia. Preparamos inventario, liquidación y propuesta de adjudicación.
Defendimos una propuesta de partición coherente con cuotas, cargas e inmuebles, hasta la ratificación judicial.
Coordinamos con notaría y registro el cierre posterior, para que la partición no se quedara en una sentencia sin inscripción.
Documentamos cargas, deudas del caudal y gastos de mantenimiento. La propuesta al juzgado partía de cifras verificables, no de valoraciones familiares sin soporte.
Tras fracasar la mediación con un acuerdo real, la división judicial permitió que un juez cerrara lo que la familia no cerraba. La propuesta de adjudicación partía del inventario y de las cuotas hereditarias.
Impulsamos el procedimiento hasta la ratificación. Evitamos nuevas reuniones sin acta que solo alargaban el bloqueo.
Inventariamos fincas y cargas, fijamos un criterio de valoración y redactamos la partición o el convenio de adjudicación listo para notaría o, si fallaba el acuerdo, para la vía judicial.
Resultado
El juzgado ratificó la partición. El cliente accedió a su parte legítima y regularizó el inmueble heredado.
Se cerró un bloqueo de más de dos años que impedía vender, alquilar o simplemente decidir sobre el patrimonio.
Con la partición inscrita, el cliente pudo disponer de su cuota. El inmueble dejó de estar atrapado en un limbo entre coherederos sin acuerdo.
Con la partición ratificada y el inmueble regularizado, el cliente pudo ejercer derechos sobre su parte. El bloqueo de más de dos años quedó resuelto por vía judicial.
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Abogada responsable
Elisa Gómez Lascano · Colegiada n.º 86013 (ICAM)
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