Arrendamientos · Desahucio por impago · Palma · 2024

Recuperamos la vivienda de una pareja jubilada en Palma en menos de 90 días

Desalojo legal, recuperación del inmueble y reclamación de las rentas pendientes.

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Procedimiento
Juicio verbal de desahucio por falta de pago
Órgano
Juzgado de Primera Instancia de Palma
Año
2024
Ciudad
Palma

Relato anonimizado con consentimiento escrito del cliente. Revisado por Elisa Gómez Lascano, colegiada n.º 86013.

La situación

Una pareja jubilada en Palma había alquilado su vivienda habitual para complementar la pensión. Durante un tiempo el contrato funcionó; después el inquilino dejó de pagar, se encerró en el piso y se negó a abandonarlo.

Cada mes sin renta empeoraba la economía familiar. Habían recibido consejos de «trucos» o vías de hecho. Querían recuperar el inmueble por el procedimiento correcto, sin poner en riesgo su posición procesal ni alargar el asunto con notificaciones mal hechas.

La documentación disponible era el contrato de arrendamiento, el historial de transferencias y algunas comunicaciones informales. Faltaba un requerimiento fehaciente bien planteado y una demanda alineada con el juzgado de Palma.

El miedo era doble: seguir sin cobrar y, si actuaban mal, ver cómo un error de forma retrasaba el lanzamiento meses. Necesitaban un plan con plazos reales del juzgado, no promesas genéricas.

También preocupaba el estado del piso: sin acceso no podían comprobar daños ni cortar servicios de forma irregular. Cualquier actuación por su cuenta podía volverse en su contra en el juicio verbal.

Qué hicimos

Revisamos el contrato, el estado de pagos y si había cláusulas o prórrogas que condicionaran el desahucio. Confirmamos la vía: desahucio por falta de pago, con reclamación acumulada de rentas.

Ordenamos la prueba: cuotas impagadas, intentos de cobro y comunicaciones. Preparamos el requerimiento previo cuando aportaba valor al expediente y presentamos la demanda ante el Juzgado de Primera Instancia de Palma.

Seguimos los hitos del procedimiento —admisión, emplazamiento, eventual oposición— e impulsamos el lanzamiento cuando la resolución lo permitió. En paralelo, tramitamos la reclamación de las mensualidades adeudadas.

Explicamos a los propietarios cada paso en lenguaje claro: qué ocurría esa semana, qué podía retrasar el asunto y qué no debían hacer por su cuenta.

Anticipamos escenarios de oposición habituales —pago parcial, consignación o alegaciones dilatorias— y preparamos la respuesta para no perder el ritmo del verbal. Coordinamos con el procurador los señalamientos y la práctica del lanzamiento.

Coordinamos con el procurador los señalamientos en Palma y revisamos cada notificación para que un defecto de forma no retrasara el lanzamiento.

Resultado

En menos de 90 días el inmueble se recuperó, el inquilino fue desalojado legalmente y los propietarios volvieron a disponer de su vivienda.

Quedó reclamado el impago acumulado. El relato no promete el mismo plazo para todos los juzgados: en Palma, con esa documentación y sin oposiciones dilatorias, ese fue el resultado de este expediente.

Con el piso recuperado pudieron decidir con calma: volver a habitarlo, alquilarlo de nuevo o venderlo. Lo importante era haber cerrado el conflicto por la vía procesal correcta.

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Abogada responsable

Elisa Gómez Lascano · Colegiada n.º 86013 (ICAM)

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