Inmobiliario · Compraventa · Palma · 2024

Cargas ocultas descubiertas tras la compra de una vivienda en Palma

Resolución del contrato y devolución del importe adelantado.

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Subservicio
Compraventa
Procedimiento
Resolución de compraventa y reclamación al vendedor
Órgano
Negociación y resolución contractual (Palma)
Año
2024
Ciudad
Palma

Relato anonimizado con consentimiento escrito del cliente. Revisado por Elisa Gómez Lascano, colegiada n.º 86013.

La situación

Una pareja firmó la compraventa de su primera vivienda en Palma. Tras el compromiso, aparecieron cargas registrales no declaradas y un embargo pendiente.

Temían perder la inversión y quedar obligados a una operación que ya no podían asumir con seguridad jurídica. La fecha de notaría se acercaba y el banco pedía un título limpio.

Habían confiado en lo que el vendedor había dicho de palabra. La nota simple actualizada contaba otra historia: cargas que no estaban en la oferta inicial.

Sin una vía clara de resolución, el riesgo era escriturar un piso embargado o perder las cantidades entregadas en un litigio largo.

El intermediario insistía en «arreglarlo después». Ellos no querían firmar a ciegas ni aceptar una retención genérica sin saber si el embargo se levantaba a tiempo.

La pareja había destinado ahorros a las arras. Cada día con el contrato vivo y el embargo sin sanear aumentaba la presión: o firmaban mal, o perdían el dinero en un litigio. Querían una salida limpia, no una guerra larga.

Qué hicimos

Analizamos el historial jurídico del inmueble: nota simple, cargas, embargo y el contrato de arras o compraventa. Identificamos qué había ocultado el vendedor y qué pedía el contrato ante ese incumplimiento.

Paralizamos la operación ante notario. Exigimos responsabilidad al vendedor: o se saneaba la situación registral, o se resolvía el contrato con devolución de lo entregado.

Documentamos las cargas ocultas y planteamos la resolución con un escrito claro, sin dejar huecos que después se volvieran contra los compradores.

Negociamos el cierre para recuperar el dinero adelantado sin alargar el conflicto más de lo necesario.

Revisamos también las obligaciones con el banco: cancelación de la preaprobación o del compromiso de financiación ligado a aquella vivienda, para que no quedaran costes abiertos tras la resolución.

Fijamos por escrito un plazo razonable para saneamiento registral. Si el vendedor no lo cumplía, la resolución y la devolución quedaban planteadas con base contractual clara, sin depender de promesas orales.

Resultado

Resolución del contrato, devolución del importe adelantado y liberación de las obligaciones financieras ligadas a aquella compraventa.

No tuvieron que escriturar un inmueble embargado ni pelear después con un banco o un acreedor ajeno a la operación.

El asunto se cerró por negociación documentada. Evitaron un juicio largo y recuperaron el capital para buscar otra vivienda con título limpio.

Recuperaron el importe adelantado y quedaron libres de aquella operación. Pudieron buscar otra vivienda sin arrastrar un embargo ajeno ni un contrato fallido.

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Abogada responsable

Elisa Gómez Lascano · Colegiada n.º 86013 (ICAM)

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